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Mostrando entradas de 2013

No es lo mismo la renuncia que el despido

En caso de inconformidad por las condiciones laborales de su actual  empleo, lo primero es evaluar con anticipación los derechos, obligaciones y prestaciones correspondientes al término del contrato. Y es que en ese momento esos derechos y prestaciones cambian si presenta la renuncia o el despido. Por ello, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) emite recomendaciones en caso de rescindir un contrato laboral. LAS DIFERENCIAS De presentar una renuncia, el trabajador tiene derecho al pago de las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, al pago de la prima de antigüedad y a las prestaciones vigentes en el contrato de trabajo. Si el patrón niega el pago de prestaciones, la Profedet recomienda iniciar un juicio ante la autoridad laboral que corresponda. Para ello se cuenta con el término de un año, que corre a partir del día siguiente de la separación laboral, pero si pasa ese tiempo y no hay una demanda de ...

Reitera SAT facilidad para migrar a factura electrónica

Mediante un proceso fácil y rápido, los contribuyentes pueden cambiar al esquema de facturación electrónica que servirá para hacer sus impuestos deducibles y obtener devoluciones el próximo año. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa los pasos a seguir para cambiar al sistema de comprobación factura electrónica: 1. Obtener la Firma Electrónica, preferentemente con cita, en cualquier oficina del SAT a nivel nacional. La cita se obtiene en el portal www.sat.gob.mx 2. Tramitar un certificado de sello digital, directamente en el portal del SAT, en el menú correspondiente de trámites y servicios. 3. Utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o bien escoger entre cualquiera de los auxiliares en facturación autorizados por el SAT, que pueden consultarse en el portal de internet. El servicio gratuito de generación de facturas electrónicas ofrecido por el SAT, es en línea, es compatible ...

A partir de 2014, (por ley) tu recibo de nómina será digital

A partir de 2014, los patrones tendrán que entregar un comprobante fiscal digital por cada recibo de nómina que den a sus empleados De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores , cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI). La fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR señala que será obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por  prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones. Estos, señala dicho artículo, “podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”. En promedio, según datos de la Amexipac, se estima certificar...