Se elimina Régimen Fiscal, se facilita el uso de Unidad de Medida, Método de Pago y Número de Cuenta
Buenos días a todos. Ayer se publicó el ANTEPROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2012. Básicamente nos dice los cambios que están por venir en materia de requerimientos en los comprobantes fiscales a partir de que sea publicada en el Diario Oficial, lo cual ocurrirá en los próximos días:
1. Se elimina el requerimiento del dato REGIMEN FISCAL
2. Se facilita el uso del dato Unidad de Medida. Es decir, sigue siendo requerido, pero puedes indicar prácticamente cualquier unidad de medida que se te ocurra, de acuerdo a los usos mercantiles relacionados a tu giro o negocio: bultos, costales, tambos, kits, componentes, y demás términos que ustedes usan día con día. Para servicios, puedes usar la palabra “servicios”, y si de plano no sabes qué unidad de medida usar, simplemente indica “no aplica” y listo.
3. Para el número de cuenta y método de pago, puedes poner la información que tengas previo a la elaboración del comprobante, o puedes poner “NA“, “No Aplica” o cualquier frase que indique que no lo vas a usar. Seguimos teniendo la obligación de escribir “algo” ahí, por lo que mi recomendación es escribir “No aplica” o “NA” y listo.
4. También se elimina el requerimiento de “Cuenta Predial” para recibos de arrendamiento.
Por cierto, en mi muy particular punto de vista, el SAT sigue sin ser claro en diferenciar “Forma de Pago” y “Método de Pago”. Honestamente parece que quienes hacen los cambios, nunca han hecho una factura, con todo respeto. Y peor aún, ni siquiera voltean a ver el Anexo 20.
El Anexo 20 claramente explica que el Método de Pago se refiere al método utilizado para pagar (y no a la forma), siendo posible indicar, por ejemplo, transferencia bancaria, depósito bancario, pago en efectivo, pago con cheque, etc. Aquí es donde debemos indicar el “No Aplica” o “NA”, y consecuentemente en el “Número de cuenta bancario”.
Y la Forma de Pago se refiere a indicar si el documento se pagará “En una sola exhibición” o en “Parcialidades”. Esto sigue igualito y se debe indicar alguno de estas 2 opciones.
Ojalá y el SAT corrija este punto lo antes posible, ya que por falta de cuidado en estos detalles, luego hay que “echar para atrás” y derogar reglas y requisitos.
Ahora, la crítica. Bien por simplificar. Se dieron cuenta del error y ya corrigieron. De hecho, deberían seguir así, revisando y corrigiendo, para verdaderamente simplificar la comprobación fiscal. Ahora bien, parece que nuevamente será el contribuyente quien pagará los platos rotos. Y los proveedores también. Verán, cada vez que el SAT hace cambios, esto implica que los PACs y los proveedores de sistemas hagan modificaciones, lo cual implica un fuerte gasto en muchos rubros. En el caso de todos ustedes en CFD, lo más probable es que las actualizaciones las hayan pagado ustedes. Es decir, el costo de estos cambios va directo al contribuyente. Y en el caso de personas en CFDI, el costo va a los PACs e Integradores, quienes han invertido en capacitación, programación, soporte, actualizaciones y demás.
Simplemente lo menciono porque, en el día a día, esto no sale a la luz. No se sabe. Y hay que decirlo tal cual. Estos “errores” del SAT costarán millones de pesos que alguien tendrá que pagar.
Visto Aquí http://goo.gl/wPnXY
Buenos días a todos. Ayer se publicó el ANTEPROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2012. Básicamente nos dice los cambios que están por venir en materia de requerimientos en los comprobantes fiscales a partir de que sea publicada en el Diario Oficial, lo cual ocurrirá en los próximos días:
1. Se elimina el requerimiento del dato REGIMEN FISCAL
2. Se facilita el uso del dato Unidad de Medida. Es decir, sigue siendo requerido, pero puedes indicar prácticamente cualquier unidad de medida que se te ocurra, de acuerdo a los usos mercantiles relacionados a tu giro o negocio: bultos, costales, tambos, kits, componentes, y demás términos que ustedes usan día con día. Para servicios, puedes usar la palabra “servicios”, y si de plano no sabes qué unidad de medida usar, simplemente indica “no aplica” y listo.
3. Para el número de cuenta y método de pago, puedes poner la información que tengas previo a la elaboración del comprobante, o puedes poner “NA“, “No Aplica” o cualquier frase que indique que no lo vas a usar. Seguimos teniendo la obligación de escribir “algo” ahí, por lo que mi recomendación es escribir “No aplica” o “NA” y listo.
4. También se elimina el requerimiento de “Cuenta Predial” para recibos de arrendamiento.
Por cierto, en mi muy particular punto de vista, el SAT sigue sin ser claro en diferenciar “Forma de Pago” y “Método de Pago”. Honestamente parece que quienes hacen los cambios, nunca han hecho una factura, con todo respeto. Y peor aún, ni siquiera voltean a ver el Anexo 20.
El Anexo 20 claramente explica que el Método de Pago se refiere al método utilizado para pagar (y no a la forma), siendo posible indicar, por ejemplo, transferencia bancaria, depósito bancario, pago en efectivo, pago con cheque, etc. Aquí es donde debemos indicar el “No Aplica” o “NA”, y consecuentemente en el “Número de cuenta bancario”.
Y la Forma de Pago se refiere a indicar si el documento se pagará “En una sola exhibición” o en “Parcialidades”. Esto sigue igualito y se debe indicar alguno de estas 2 opciones.
Ojalá y el SAT corrija este punto lo antes posible, ya que por falta de cuidado en estos detalles, luego hay que “echar para atrás” y derogar reglas y requisitos.
Ahora, la crítica. Bien por simplificar. Se dieron cuenta del error y ya corrigieron. De hecho, deberían seguir así, revisando y corrigiendo, para verdaderamente simplificar la comprobación fiscal. Ahora bien, parece que nuevamente será el contribuyente quien pagará los platos rotos. Y los proveedores también. Verán, cada vez que el SAT hace cambios, esto implica que los PACs y los proveedores de sistemas hagan modificaciones, lo cual implica un fuerte gasto en muchos rubros. En el caso de todos ustedes en CFD, lo más probable es que las actualizaciones las hayan pagado ustedes. Es decir, el costo de estos cambios va directo al contribuyente. Y en el caso de personas en CFDI, el costo va a los PACs e Integradores, quienes han invertido en capacitación, programación, soporte, actualizaciones y demás.
Simplemente lo menciono porque, en el día a día, esto no sale a la luz. No se sabe. Y hay que decirlo tal cual. Estos “errores” del SAT costarán millones de pesos que alguien tendrá que pagar.
Visto Aquí http://goo.gl/wPnXY