Régimen Obligatorio
Comprende a los trabajadores asalariados permanentes o eventuales, los miembros de sociedades cooperativas y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través de decretos específicos. Estos trabajadores y sus beneficiarios legales tienen derecho a la protección del Seguro Social en los siguientes seguros:
Riesgos de trabajo
Enfermedades y Maternidad
Invalidez y Vida
Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
Guarderías y Prestaciones Sociales
En este caso el aseguramiento es a partir de la fecha en que inicia la relación laboral, se constituye la sociedad o inicia su vigencia el decreto respectivo. Se controla con avisos de alta, modificación de salario y baja, porque se trata de un aseguramiento de tiempo transcurrido bajo seguro (es decir, desde la fecha de alta hasta la de baja). La base de cotización es el salario real integrado y se paga por mensualidades vencidas.
Régimen Voluntario
Comprende a las siguientes modalidades con los seguros que se indican:
1. Los trabajadores en industrias familiares, y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
2. Los trabajadores domésticos y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo (sólo prestaciones en especie)
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Riesgos de Trabajo (sólo prestaciones en especie)
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
3. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
4. Los Patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
Riesgos de Trabajo
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro y Vejez
5. Los trabajadores al servicio de las Administraciones Públicas de la Federación, Entidades Federativas y Municipios que estén excluidos o no comprendidos en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:
Riesgos de Trabajo
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
Riesgos de Trabajo
Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)
Invalidez y Vida
Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez